El COVID-19 ha alterado la vida tanto personal como laboral de las personas y países de todo el mundo se están viendo obligados a tomar medidas para luchar contra esta situación.
España está siendo uno de los países más afectados, pero ¿qué se está haciendo exactamente para controlar el impacto económico y social de esta situación?
Para BMI es de vital importancia que el futuro de nuestros clientes esté asegurado y que esta situación no les perjudique en la medida de lo posible, por eso, a continuación, os contamos las medidas que el gobierno ha aplicado y que nosotros tenemos en cuenta para el beneficio de todos.
A nivel fiscal, para llevar está situación de la mejor manera posible, España ha tomado cuatro medidas clave:
La flexibilidad de determinados procedimientos tributarios
Se ha llevado a cabo una ampliación de determinados pagos, trámites y procedimientos tributarios, sin afectar al pago de autoliquidaciones periódicas. Dicha ampliación se produce hasta el 30 de abril en el caso de trámites que no hayan concluido antes del 18 de marzo y hasta el 20 de mayo en los que se inician a partir del 18 de marzo. Además, también se permitirá una flexibilidad en la gestión aduanera y una exclusión del cómputo del periodo comprendido entre el 18 de marzo al 30 de abril del 2020.
2. Aplazamientos del pago de la deuda tributaria para PYMEs y autónomos
Por un periodo de seis meses, se va a permitir el aplazamiento de deudas tributarias que no superen los 30 mil euros y que estén generadas entre el 13 de marzo y 30 de mayo. También se admitirá el aplazamiento de pagos fraccionados, cantidades retenidas e IVA.
3. Medidas relacionadas con tributación de ámbito local aplicables en Madrid
Se van a proporcionar bonificaciones del 25% en el IBI de inmuebles destinados al ocio, a la hostelería y a lo comercial y en el IAE de determinadas actividades. Se permitirá también una moratoria de un mes en el pago de otros tributos.
4. Medidas tomadas en el País Vasco y Navarra
Las provincias han tomado diferentes medidas. Vizcaya por ejemplo, va a permitir que el plazo voluntario de presentación e ingreso de autoliquidaciones del mes de febrero se extiendan hasta el 14 de abril. En Álava se va a retrasar la campaña de la renta hasta octubre y en Guipúzcoa hasta el 29 de julio mientras que en Navarra se va a retrasar un mes el pago del vencimiento correspondiente al mes de marzo de los aplazamientos vigentes, retrasándose así un mes cada uno de los vencimientos restantes.
Se tomarán medidas extraordinarias, que van a estar sujetas a que la empresa se comprometa a mantener el empleo seis meses después desde la fecha de reanudación y medidas relativas a ERTEs, desempleo y cotizaciones que solo estarán vigentes mientras dure esta situación. Las principales medidas son las siguientes
Medidas que refuerzan el empleo
Se va a establecer el teletrabajo para las empresas que puedan realizarlo; también se reconocerá una prestación extraordinaria a los autónomos por su cese de actividad.
2. Situación laboral de los empleados de COVID-19
A las personas que se encuentran en aislamiento preventivo y las que están en fase de contagio, serán consideradas como Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por Accidente de trabajo.
3. Flexibilización de ERTE por causa de fuerza mayor
Se fijará un plazo máximo de 5 días desde la presentación de la solicitud para que la autoridad laboral la resuelva.
Las medidas mercantiles que se han tomado son las siguientes:
Sesiones del consejo de administración
Podrán celebrarse a través de videoconferencia y los acuerdos pueden ser por escrito y sin sesión, que dependerá de la decisión del presidente.
2. Formulación y aprobación de cuentas anuales
Se va a suspender el plazo de formulación de cuentas y una vez que termine el estado de alarma, el plazo se reanudará por otros tres meses. Una vez que termine este plazo, la junta se reunirá en los 3 meses posteriores.
3. Otras
Si se está pasando por una situación de separación de socios, hasta la finalización del estado de alarma, no se permitirá. En cuanto a las sociedades que estaban en proceso de disolución antes y durante el estado de alarma, se suspende el plazo legal de dos meses para la convocatoria de la junta general de disolución.
Destacan tres:
Contratos de suministro y servicios de prestación sucesiva
Se va a suspender de manera automática los contratos de suministro y de servicio de prestación sucesiva que pierdan su finalidad debido a la situación provocada por el COVID-19. Sin embargo, se establecerá un derecho al resarcimiento de los costes laborales, de inmovilizado y de mantenimiento de garantías y seguro. Para el resto de los contratos de servicios y suministros, el contratista va a poder solicitar un plazo adicional para así poder ejecutar la prestación comprometida.
2. Contratos de obra
Si no han perdido su finalidad, se va a establecer la misma causa de suspensión que en los contratos de servicios y suministros.
3. Contratos de concesión de obras y concesión de servicios
Si no se puede llevar a cabo la prestación, se establece el derecho al restablecimiento del equilibrio económico del contrato mediante una ampliación de un 15% o una modificación de las cláusulas económicas.
Moratoria hipotecaria
En el caso de que un cliente acredite una situación legal de vulnerabilidad económica, las entidades financieras deberán realizar un Mecanismo de Aceptación de solicitudes de moratoria en el pago de hipotecas.
2. Sociedades cotizadas
Se establece una ampliación en el plazo de obligaciones de información a la CNMV y el plazo legal para la celebración de la junta general ordinaria debe de situarse dentro de los 10 primeros meses de ejercicio. Además, el consejo de administración podrá reunirse a través de medios telemáticos y ejecutar el voto a distancia, considerándose válidos los acuerdos tomados en estos medios y sin la necesidad de que haya una previsión estatuaria.
3. Medidas de liquidez y otras
Se van a otorgar avales por importe de 100.000 millones para que autónomos y entidades de crédito puedan atender las necesidades de gestión de facturas, tributarias etc. También se va a crear una línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros para las PYMES que estén internacionalizadas o en proceso de ello. Además, se quita la obligación de tener que solicitar la declaración de concurso hasta que hayan transcurrido dos meses desde que se acabe con el estado de alarma.
A rasgos generales, estas son las principales medidas que se han tomado en los diferentes ámbitos para evitar que la situación se vuelva aún más complicada. Nosotros desde aquí vamos a seguir trabajando para poder seguir aportándoos buenas noticias.
El equipo de BMI España.